El 21 de septiembre de 2022 se publicaba en el BOE el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptaban medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reducía temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles, como el pellet o la leña.
En todos esos casos, el tipo es del 5 %. Así da cuenta de ello el nuevo real decreto ley aprobado el martes por el último Consejo de Ministros del 2022 publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado. De esta manera, y como viene siendo habitual, el coste energético (€/kWh) de pellet se mantiene inferior al de cualquier combustible fósil o la electricidad.
Dentro del arancel integrado de aplicación (TARIC) se trataría de los productos clasificados en el grupo 4401 (Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, «pellets» o formas similares).
No obstante, esta medida no se aplica a otros tipos de biomasa, como el hueso de aceituna o la astilla, haciendo que el incremento del precio del pellet pase a ser menor que el del hueso de aceituna respecto al pasado año.
De esta manera, además de la reducción en la base impositiva en estos combustibles, se busca incentivar el uso de métodos de calefacción menos contaminantes.
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